DE INTERES


PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL 
MISAEL PASTRANA BORRERO

En la Ley 115 se establece una organización para la prestación del servicio educativo, y una de esas formas propuestas a través del Ministerio de Educación es el Proyecto Educativo Institucional o PEI.

Según el artículo 73 de la Ley 115, se determina que para "lograr la formación integral del educando, cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto Educativo Institucional en el que se especifiquen, entre otros aspectos, los principios y fines  del establecimiento, los recursos docentes y didácticos disponibles y necesarios, la estrategia pedagógica, el reglamento para docentes y estudiantes, y el sistema de gestión, todo ello encaminado a cumplir con las disposiciones de la presente ley, y sus reglamentos".

Este Proyecto Educativo Institucional deberá responder a situaciones y necesidades de los educandos, de la comunidad local, de la región y del país, ser concreto, factible y evaluable.




Estructura general del PEI

El Proyecto Educativo Institucional, correspondiente a la Sede Central, a 2 centros educativos fusionados y 13 centros educativos asociados, está constituido de la siguiente manera:

COMPONENTES

1. COMPONENTE TELEOLOGICO
Objetivos, Fines, Principios, Fundamentos, Filosofía, Misión y Visión
2. COMPONENTE PEDAGOGICO

Planes de Estudio, Proyectos Pedagógicos, Sistema de Evaluación .
3.   COMPONENTE DE ORGANIZACION Y REGULACION

Gobierno Escolar, Manual de Convivencia.

4.- COMPONENTE ADMINISTRATIVO Y DE GESTION


5.- COMPONENTE COMUNITARIO


 
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES

De acuerdo a al decreto 1290 de 2009 expedida  por el gobierno nacional que  da  autonomía  a la  institución educativa para formular su propio  sistema institucional de evaluación de estudiantes (SIEE), el cual fue diseñado por consejo directivo y consejo académico de la institución, el cual contiene:
·         Criterios de evaluación
·         Criterios de promoción y reprobación
·         Comisión de evaluación y promoción
·         Actividades de nivelación.
·         Promoción anticipada de grado
·         Designación de un segundo evaluador  
·         Graduación, entre otros ítems que se deben tener en cuenta para la evaluación de los estudiantes.



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